Consulte a los especialistas
Por Carole Fleck
marzo 2009
“Consulte a los especialistas” es una columna originalmente publicada en AARP Bulletin Today, que ofrece respuestas a importantes inquietudes que preocupan a los estadounidenses adultos mayores. Los temas de este mes son: cómo cobrar beneficios del Seguro Social y compensación por desempleo al mismo tiempo, cómo incrementar sus beneficios, y cómo impacta el retiro militar sus beneficios del Seguro Social.
(Nota: Últimas noticias o cambios recientes a las normas vigentes pueden afectar la información anteriormente publicada en esta columna).
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¿Puedo cobrar la compensación por desempleo y los beneficios del Seguro Social al mismo tiempo? |
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Sí. Los beneficios por desempleo no cuentan como salarios para la evaluación de ganancias anuales que realiza el Seguro Social, de modo que sus beneficios no se verán afectados. Sin embargo, el monto de su beneficio por desempleo podría reducirse si usted recibe una pensión u otro ingreso jubilatorio, lo que incluye los beneficios del Seguro Social. Para más información sobre trabajo y beneficios, consulte el sitio www.socialsecurity.gov/espanol/10969.html. |
Fuente: Stan Hinden
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¿Puedo conseguir que aumenten mi beneficio del Seguro Social? |
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Eso dependerá de si continúa trabajando o no. Cada año, la Administración del Seguro Social revisa los registros de todos los beneficiarios que poseen un empleo. Si el último año en el que trabajó fue uno de los años en los que más ganó, su beneficio será recalculado y recibirá un aumento. Pero el proceso tarda, por lo general, un año. |
Fuente: Administración del Seguro Social
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Soy militar retirado y tengo una discapacidad que adquirí prestando servicios. Mi situación como militar retirado, ¿tendrá algún efecto a la hora de solicitar beneficios del Seguro Social, a los 62 años? |
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No necesita por qué preocuparse. Usted podrá percibir ambos beneficios, el del Seguro Social y el que le corresponda como militar retirado. Por lo general, no se reduce el beneficio del Seguro Social por el hecho de que esté recibiendo su retiro militar. Usted recibirá su Seguro Social completo, en función de lo que haya ganado a lo largo de su vida.
Las personas que prestan servicios en las Fuerzas Armadas pagan los impuestos del Seguro Social, tal como lo hace cualquier otro trabajador civil. De hecho, los militares en actividad han estado aportando al Seguro Social desde 1957. Los que prestan servicios en las reservas han estado cubiertos desde 1988.
Si usted prestó servicios en las Fuerzas Armadas antes de 1957, no pagó impuestos del Seguro Social, pero recibirá un crédito especial por algunos de los servicios prestados.
También hay créditos especiales disponibles para las personas que prestaron servicios entre 1957 y 1967 y de 1968 a 2001. Encontrará la explicación de cómo funcionan estos créditos y otras reglas relativas al servicio militar en el sitio web del Seguro Social. |
Fuente: Administración del Seguro Social
Publicado originalmente en AARP Bulletin Today.
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